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Murcialiberal

Atentado a la libertad de comercio en Murcia

Pues menos mal que nos gobierna un partido que se autodenomina liberal.
El ayuntamiento de Murcia ese gran sabio. Ya puestos, ¿Por qué no hasta las ocho?
Publicado en noticias.ya.com



Los establecimientos '24 horas' de Murcia sólo podrán vender bebidas alcohólicas entre las 7 y las 22 horas
Europapress

El objetivo principal es el de regular la venta de alcohol en pequeños establecimientos, denominados de 'conveniencia', tiendas de 24 horas, de golosinas y de frutos secos, entre otros, con libertad de horario comercial.

Esta modificación se realiza sobre la base de la ley regional de drogas, del 97, que reconoce la competenci¡ de los ayuntamientos para establecer los criterios que deberán reunir los establecimientos de suministro y venta de bebidas alcohólicas.

Así, entre las novedades de la modificación aprobada destacan que los establecimientos de conveniencia deberán disponer, junto con la licencia de apertura, de una autorización municipal expresa de venta o dispensación de bebidas alcohólicas; y la venta de bebidas alcohólicas estará limitada al horario diurno, comprendido entre las 7.00 horas y las 22.00 horas.

En este sentido, el incumplimiento de este horario, o la venta sin disponer de la autorización expresa municipal, supondrá la extinción de la licencia de apertura y el cese del establecimiento; la limitación horaria se exigirá tanto para los nuevos establecimientos como para los que ya existen, que tienen un plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de esta norma para pedir la autorización municipal de venta de alcohol.

Esta regulación afectará únicamente a los locales con libertad de horario, no será de aplicación a bares, restaurantes o cafeterías. Esta modificación de la ordenanza permitirá al ayuntamiento disponer de un censo de establecimientos autorizados para la venta de bebidas alcohólicas en horario limitado, que supondrá un control más eficaz de estas actividades.

Una vez que esta modificación de la norma del botellero ha sido aprobada en Consejo de Dirección de Urbanismo, ahora deberá contar con el visto bueno de la Comisión de Asuntos Generales del ayuntamiento.

Tras ese trámite, se publicará en el BORM, y se abrirá un periodo de alegaciones de 30 días. Si no hay ningún recurso se llevará de nuevo al BORM para su entrada en vigor, y si se han presentado recursos, estos deberán ser estudiados y proceder a la aprobación definitiva por parte de la Comisión de Asuntos Generales.

Con todos los trámites, estos cambios pueden entrar en vigor de cara al verano. Los agentes de la Policía Local y los inspectores urbanísticos de la concejalía de Urbanismo serán los encargados de hacer cumplir la modificación que se ha aprobado.

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